Paga de forma segura y sencilla con iDEAL, Bancontact, tarjeta de crédito y PayPal

Más de 1.500 artículos de natación en stock

  • Envío gratuito a partir de 69 €

  • #1 tienda de natación de Europa

  • Entrega en 1 o 2 días laborables

Índice

Artículo 1 – Definiciones

Artículo 2 – Identidad del empresario

Artículo 3 – Aplicabilidad

Artículo 4 – La oferta

Artículo 5 – El contrato

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

Artículo 7 – Gastos en caso de desistimiento

Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

Artículo 9 – El precio

Artículo 10 – Conformidad y garantía

Artículo 11 – Entrega y ejecución

Artículo 12 – Contratos de duración: duración, cancelación y prórroga

Artículo 13 – Pago

Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones

Artículo 15 – Conflictos

Artículo 16 – Disposiciones adicionales o diferentes

Artículo 1 – Definiciones

En estas condiciones se entenderá por:

  1. Plazo de reflexión: el plazo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  2. Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial y celebra un contrato a distancia con el empresario;
  3. Día: día natural;
  4. Contrato de duración: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o adquisición se distribuye a lo largo del tiempo;
  5. Soporte duradero: cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de forma que pueda consultarse posteriormente y reproducirse sin modificaciones.
  6. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia durante el plazo de reflexión;
  7. Formulario de desistimiento: el modelo de formulario de desistimiento que el empresario pone a disposición del consumidor para que pueda cumplimentarlo cuando desee ejercer su derecho de desistimiento.
  8. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores;
  9. Contrato a distancia: un contrato celebrado en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato, se utilizan exclusivamente una o varias técnicas de comunicación a distancia;
  10. Técnica de comunicación a distancia: un medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario estén reunidos simultáneamente en el mismo lugar.
  11. Condiciones generales: las presentes condiciones generales del empresario.

Artículo 2 – Identidad del empresario

  • Sneppies B.V.
  • Hollandse Kade 36 D, 1391 JM Abcoude;
  • Número de teléfono: +31 6 26789365 (de lunes a viernes de 9:00 a 17:00);
  • Correo electrónico: Info@sneppies.com;
  • Número de registro mercantil: 86808095;
  • Número de identificación a efectos del IVA: NL864092295B01;

Artículo 3 – Aplicabilidad

  1. Estas condiciones generales se aplican a todas las ofertas del empresario y a todos los contratos a distancia celebrados y pedidos realizados entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de celebrar el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales en los establecimientos del empresario y que se enviarán gratuitamente lo antes posible a petición del consumidor.
  3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, como excepción a lo dispuesto en el apartado anterior y antes de celebrar el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de forma que pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que se enviarán gratuitamente por vía electrónica o de cualquier otra forma a petición del consumidor.
  4. En caso de que, además de estas condiciones generales, sean aplicables condiciones específicas para productos o servicios, los apartados segundo y tercero se aplicarán igualmente y, en caso de conflicto entre condiciones generales, el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le resulte más favorable.
  5. Si en algún momento una o varias disposiciones de estas condiciones generales fueran total o parcialmente nulas o se anularan, el contrato y estas condiciones seguirán vigentes en todo lo demás, y la disposición afectada se sustituirá sin demora, de mutuo acuerdo, por otra que se aproxime lo máximo posible al contenido de la original.
  6. Las situaciones no reguladas en estas condiciones generales se valorarán conforme al espíritu de estas condiciones generales.
  7. Las dudas sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones se interpretarán conforme al espíritu de estas condiciones generales.

Artículo 4 – La oferta

  1. Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o está sujeta a condiciones, se indicará expresamente en la oferta.
  2. La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
  3. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es suficientemente detallada para que el consumidor pueda valorar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas mostrarán fielmente los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores o equivocaciones manifiestos en la oferta no vinculan al empresario.
  4. Todas las imágenes, especificaciones y datos incluidos en la oferta son orientativos y no podrán dar lugar a indemnización ni a la resolución del contrato.
  5. Las imágenes de los productos muestran fielmente los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
  6. Toda oferta contiene información suficiente para que el consumidor conozca claramente los derechos y obligaciones asociados a la aceptación de la oferta. En particular, se refiere a:

  • el precio, incluidos los impuestos;
  • los posibles gastos de envío;
  • la forma en que se celebrará el contrato y las actuaciones necesarias para ello;
  • si se aplica o no el derecho de desistimiento;
  • la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
  • el plazo de aceptación de la oferta o el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio;
  • el importe de la tarifa por la comunicación a distancia si los costes del uso de la técnica de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta de la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado;
  • si el contrato se archivará una vez celebrado y, en caso afirmativo, cómo puede consultarlo el consumidor;
  • la forma en que el consumidor puede comprobar y, si lo desea, corregir los datos que haya facilitado en el marco del contrato antes de celebrarlo;
  • los posibles idiomas, además del neerlandés, en los que puede celebrarse el contrato;
  • los códigos de conducta a los que se haya sometido el empresario y la forma en que el consumidor puede consultarlos por vía electrónica; y
  • la duración mínima del contrato a distancia en caso de contrato de duración.

Artículo 5 – El contrato

  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se celebra en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas para ello.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará inmediatamente por vía electrónica la recepción de dicha aceptación. Mientras el empresario no haya confirmado la aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
  3. Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario aplicará las medidas de seguridad adecuadas.
  4. El empresario podrá, dentro del marco legal, comprobar si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como todos aquellos hechos y factores relevantes para celebrar responsablemente el contrato a distancia. Si, basándose en esta comprobación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar motivadamente un pedido o una solicitud, o para supeditar su ejecución a condiciones especiales.
  5. El empresario enviará al consumidor, junto con el producto o servicio, la siguiente información por escrito o de forma que pueda almacenarla fácilmente en un soporte duradero:
  • la dirección física del establecimiento del empresario al que el consumidor puede dirigirse para presentar reclamaciones;
  • las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara de su exclusión;
  • información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
  • los datos indicados en el artículo 4, apartado 3, de estas condiciones, salvo que el empresario ya los haya facilitado al consumidor antes de ejecutar el contrato;
  • los requisitos para cancelar el contrato si su duración es superior a un año o es indefinida.

En caso de contrato de duración, lo dispuesto en el apartado anterior solo se aplicará a la primera entrega.

Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de que exista disponibilidad suficiente de los productos correspondientes.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

En la entrega de productos:

  1. En la compra de productos, el consumidor podrá resolver el contrato sin necesidad de indicar los motivos durante un plazo de 30 días. Este plazo de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante previamente designado por este y comunicado al empresario.
  2. Durante el plazo de reflexión, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar si desea conservarlo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario con todos los accesorios suministrados y, siempre que sea razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, conforme a las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
  3. Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, deberá comunicarlo al empresario en un plazo de 30 días desde la recepción del producto. Deberá hacerlo mediante el formulario de desistimiento o por cualquier otro medio de comunicación, como el correo electrónico. Una vez que el consumidor haya comunicado que desea ejercer su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto en un plazo de 30 días. El consumidor deberá demostrar que los productos entregados se han devuelto a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.
  4. Si, una vez transcurridos los plazos indicados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha comunicado que desea ejercer su derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al empresario, la compra será definitiva.

En la prestación de servicios:

  1. En la prestación de servicios, el consumidor podrá resolver el contrato sin necesidad de indicar los motivos durante un plazo mínimo de 14 días, a contar desde el día de celebración del contrato.
  2. Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor deberá seguir las instrucciones razonables y claras que el empresario haya facilitado con la oferta o, como máximo, en el momento de la prestación.

Artículo 7 – Gastos en caso de desistimiento

  1. El consumidor correrá con los gastos directos de devolución del producto.
  2. Si el consumidor ha abonado un importe, el empresario lo reembolsará lo antes posible y, como máximo, en un plazo de 14 días desde el desistimiento. No obstante, el reembolso queda condicionado a que el producto ya haya sido recibido por la tienda online o a que se presente una prueba concluyente de la devolución completa. El reembolso se efectuará mediante el mismo método de pago utilizado por el consumidor, salvo que este autorice expresamente otro método de pago.
  3. Si el producto resulta dañado por una manipulación negligente por parte del propio consumidor, este responderá de la posible disminución de su valor.
  4. El consumidor no responderá de la disminución del valor del producto cuando el empresario no le haya facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes de celebrar el contrato de compraventa.

Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

  1. El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario la ha indicado claramente en la oferta o, como mínimo, antes de celebrar el contrato.
  2. La exclusión del derecho de desistimiento solo será posible para productos: fabricados por el empresario conforme a las especificaciones del consumidor;
  • que tengan un carácter claramente personal;
  • que, por su naturaleza, no puedan devolverse;
  • que puedan deteriorarse o caducar rápidamente;
  • cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero que escapen al control del empresario;
  • periódicos y revistas sueltos;
  • grabaciones de audio y vídeo y programas informáticos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor;
  • productos de higiene cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.

La exclusión del derecho de desistimiento solo será posible para servicios:

  • relativos a alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio que deban realizarse en una fecha determinada o durante un periodo concreto;
  • cuya prestación haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que finalice el plazo de reflexión;
  • relativos a apuestas y loterías.

Artículo 9 – El precio

  1. Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo por modificaciones de los precios derivadas de cambios en los tipos de IVA.
  2. Como excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer a precios variables productos o servicios cuyos precios dependan de fluctuaciones del mercado financiero que escapen a su control. Esta dependencia de las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean, en su caso, precios orientativos se indicarán en la oferta.
  3. Los incrementos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo estarán permitidos si son consecuencia de disposiciones o normas legales.
  4. Los incrementos de precio a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo estarán permitidos si el empresario los ha estipulado y:
  • son consecuencia de disposiciones o normas legales; o
  • el consumidor tiene derecho a cancelar el contrato con efectos desde el día en que entre en vigor el incremento de precio.

Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Todos los precios están sujetos a errores tipográficos y de composición. No se aceptará responsabilidad por las consecuencias de dichos errores. En caso de errores tipográficos o de composición, el empresario no estará obligado a entregar el producto al precio erróneo.

Artículo 10 – Conformidad y garantía

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de calidad y/o utilidad, así como las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Cuando así se haya acordado, el empresario también garantiza que el producto es adecuado para un uso distinto del normal.
  2. La garantía ofrecida por el empresario, el fabricante o el importador no afecta a los derechos y reclamaciones legales que el consumidor pueda ejercer frente al empresario en virtud del contrato.
  3. Todos los productos están sujetos a la garantía legal. La duración de la garantía legal puede variar en función de la naturaleza del producto.
  4. Cualquier defecto o producto entregado incorrectamente deberá comunicarse por escrito al empresario en un plazo de 2 meses desde su descubrimiento.
  5. La garantía no será aplicable si: el consumidor ha reparado y/o modificado por su cuenta los productos entregados, o ha encargado su reparación y/o modificación a terceros; los productos entregados han estado expuestos a circunstancias anormales, se han manipulado de forma negligente o se han utilizado contraviniendo las instrucciones del empresario y/o las indicaciones del envase; la falta de conformidad se debe total o parcialmente a normas que la Administración haya establecido o establezca en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.

Artículo 11 – Entrega y ejecución

  1. El empresario actuará con la máxima diligencia posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos, así como al evaluar las solicitudes de prestación de servicios.
  2. Se considerará dirección de entrega la que el consumidor haya comunicado a la empresa.
  3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la mayor rapidez posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo. Si la entrega se retrasa o si un pedido no puede ejecutarse, o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor será informado de ello como máximo 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin costes. El consumidor no tendrá derecho a una indemnización contractual.
  4. Todos los plazos de entrega son indicativos. El consumidor no podrá derivar derechos de los plazos indicados. El incumplimiento de un plazo no dará derecho al consumidor a una indemnización contractual.
  5. En caso de resolución conforme al apartado 3 de este artículo, el empresario reembolsará el importe abonado por el consumidor lo antes posible y, como máximo, en un plazo de 14 días desde la resolución.
  6. Si resulta imposible entregar un producto solicitado, el empresario se esforzará por ofrecer un artículo sustitutivo. Como máximo en el momento de la entrega, se informará de forma clara y comprensible de que se entrega un artículo sustitutivo. En el caso de artículos sustitutivos, no podrá excluirse el derecho de desistimiento. Los costes de una eventual devolución correrán a cargo del empresario.
  7. El riesgo de deterioro y/o pérdida de los productos corresponderá al empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.

Artículo 12 – Contratos de tracto sucesivo: duración, cancelación y prórroga

Cancelación

  1. El consumidor podrá cancelar en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de cancelación acordadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes.
  2. El consumidor podrá cancelar, al finalizar el periodo determinado, un contrato celebrado por tiempo definido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de cancelación acordadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes.
  3. El consumidor podrá cancelar los contratos mencionados en los apartados anteriores: en cualquier momento, sin que pueda limitarse la cancelación a un momento o periodo concreto; como mínimo, de la misma forma en que los celebró; siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya establecido para sí mismo.

Prórroga

  1. Un contrato celebrado por tiempo definido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un periodo determinado.
  2. Como excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo definido que tenga por objeto la entrega periódica de diarios y semanarios, periódicos y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un periodo determinado de un máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda cancelarlo al finalizar la prórroga con un plazo de preaviso máximo de un mes.
  3. Un contrato celebrado por tiempo definido que tenga por objeto la entrega periódica de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede cancelarlo en cualquier momento con un plazo de preaviso máximo de un mes y, cuando el contrato tenga por objeto la entrega periódica, aunque menos de una vez al mes, de diarios, periódicos, semanarios y revistas, con un plazo de preaviso máximo de tres meses.
  4. Un contrato de duración limitada para la entrega periódica, como prueba o toma de contacto, de diarios, periódicos, semanarios y revistas (suscripción de prueba o de introducción) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al terminar el periodo de prueba o de introducción.

Duración

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá cancelarlo en cualquier momento después de un año, con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la cancelación antes de que finalice el periodo acordado.

Artículo 13 – Pago

  1. Salvo que se haya acordado lo contrario, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 7 días laborables desde el inicio del plazo de reflexión indicado en el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará cuando el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
  2. El consumidor está obligado a comunicar inmediatamente al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
  3. En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, dentro de los límites legales, a cobrar los costes razonables que se hayan comunicado previamente al consumidor.

Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente difundido y tramita las reclamaciones de acuerdo con dicho procedimiento.
  2. Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario de forma completa y claramente descrita en un plazo de 2 meses desde que el consumidor haya constatado los defectos.
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días desde la fecha de recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente un plazo de tramitación más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicará cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
  4. Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surgirá una controversia susceptible de someterse al procedimiento de resolución de conflictos.
  5. En caso de reclamación, el consumidor deberá dirigirse en primer lugar al empresario. Si la tienda online está afiliada a WebwinkelKeur y la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, el consumidor deberá dirigirse a WebwinkelKeur (www.webwinkelkeur.nl), que ofrecerá mediación gratuita. Compruebe si esta tienda online mantiene una afiliación vigente en https://www.webwinkelkeur.nl/ledenlijst/. Si aun así no se alcanza una solución, el consumidor podrá someter su reclamación a la comisión independiente de resolución de conflictos designada por WebwinkelKeur. Su decisión será vinculante y tanto el empresario como el consumidor aceptan dicha decisión vinculante. El consumidor deberá abonar los costes asociados a la presentación de una controversia ante esta comisión.
  6. Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que este indique lo contrario por escrito.
  7. Si el empresario considera fundada una reclamación, podrá optar por sustituir o reparar gratuitamente los productos entregados.

Artículo 15 – Controversias

  1. Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales se regirán exclusivamente por la legislación neerlandesa, incluso si el consumidor reside en el extranjero.
  2. No será de aplicación la Convención de Viena sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.

Artículo 16 – Disposiciones adicionales o diferentes

Las disposiciones adicionales o que difieran de estas condiciones generales no podrán perjudicar al consumidor y deberán formalizarse por escrito o de tal forma que el consumidor pueda almacenarlas fácilmente en un soporte duradero.